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Barcelona ayuda empresas y autónomos a hacer frente a la crisis de la Covid-19

31 de marzo de 2020

El Ayuntamiento de Barcelona ha puesto en marcha, los últimos días, varias acciones y servicios para garantizar a los agentes económicos de la ciudad su subsistencia después de que el estado de alarma haya supuesto una bajada drástica de la actividad a la ciudad. Es por eso que por un lado se han puesto en marcha varios servicios de información y asesoramiento y, por otro, se han prorrogado los plazos para pagar los tributos municipales hasta el mes de julio.

Información, asesoramiento y apoyo

Barcelona ha incrementado y reforzado el servicio de Puntos de Defensa de Derechos Laborales para resolver las peticiones de la ciudadanía y las empresas sobre su situación laboral o económica. El servicio, que hasta ahora era presencial, se ha abierto a toda la ciudadanía vía telefónica 93234 6121/22 y mediante un buzón de correo: dretslaboralscv@barcelonactiva.cat. Además, Barcelona Activa ha activado una atención telefónica personalizada que se dirige a toda la ciudadanía, para derivar, desde un solo punto, hacia los servicios y recursos especializados que mejor se adapten a cada consulta. La línea gratuita es 900533175, y funciona de 9h a 18h, de lunes a viernes.

También se ha puesto en marcha el portal barcelonactiva.cat/covid19, que incluye información de servicios, acciones y ayudas diseñados específicamente para hacer frente a esta situación temporal de incertidumbre, falta de liquidez y paro general de actividad. El portal funciona en tres grandes bloques: las personas trabajadoras, los autónomos, y empresas, pymes y entidades.

Además, las personas autónomas pueden recurrir también al teléfono 900 505 805 e indicando la clave "AUTÓNOMOS 2020" para apoyo emocional a cargo de psicólogos y psicólogas. Se trata de un servicio que han puesto en marcha la Fundació PIMEC, a través de la Fundación Salud y Persona,, en colaboración con el Ayuntamiento de Barcelona.

El IMMB aplica medidas específicas en sus tasas

El Instituto Municipal de Mercados de Barcelona ha anunciado ya las primeras medidas específicas en sus tasas para aliviar los comercios y negocios ante la caída económica. Así, ha enviado las siguientes instrucciones a Caixabank sobre los tributos que en estos momentos ya tiene en gestión:

  • Tributo 0452001. Canon de paradas primer trimestre 2020 de puestos de mercados: Ampliación del periodo de pago de los recibos no domiciliados de hasta el 30 de abril de 2020.
  • Tributo 0452001. Canon primer trimestre 2020 de puestos de mercados: Modificación de la fecha de cargo de los recibos domiciliados al 04/20/2020.
  • Tributo 0712003. Fraccionados mes de marzo 2020 de puestos de mercados: Modificación de la fecha de cargo de los recibos domiciliados al 04/20/2020.
  • Tributo 0902073. Remesa del mes de marzo de los sitios de subasta del mercado de Feria Bellcaire: Ampliación del periodo de pago de los recibos hasta el 04/23/2020.

Se prorrogan los plazos de los tributos municipales

El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado prorrogar los plazos de pago de los tributos municipales más allá de lo que marca el decreto ley 8/2020 de 17 de marzo, y en la mayoría de casos, hasta el mes de julio. De este modo, el consistorio quiere contribuir a aliviar las dificultades económicas de la ciudadanía, de las empresas y de la actividad económica en general.

El Instituto Municipal de Hacienda ha creado una Oficina Tributaria virtual a través de la cual dará respuesta a las cuestiones y las inquietudes de la ciudadanía y de las empresas. Este canal se crea para informar a la ciudadanía sobre las novedades fiscales y resolver las dudas específicos de este ámbito. También incorpora información con las novedades tributarias, así como un listado de preguntas frecuentes de interés y de ayuda para los contribuyentes.

Así, el consistorio ha prorrogado la fecha límite de pago de sus tributos y obligaciones para hacer frente al impacto económico y social de la Covid-19. El Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) y el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) se podrán pagar hasta el mes de julio y la tasa para la utilización privativa de la vía pública (conocida como tasa de terrazas) no deberá pagar hasta el mes de octubre. Además, en esta tasa la cuota a pagar tendrá en cuenta el período en que los establecimientos no han podido abrir.

La modificación de los diferentes tributos queda de la siguiente manera:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)

Para aquellas personas que no tengan el IBI con domiciliación bancaria se prorroga el pago hasta el 3 de julio (hasta ahora acababa el 4 de mayo). Para las personas que tienen domiciliado el pago fraccionado por trimestres, el segundo trimestre se cobrará el 3 de julio. Finalmente, para las personas que han domiciliado por primera vez el impuesto, se cobrará el 3 de julio también.

En cualquier caso, si la persona contribuyente no ha domiciliado el impuesto y no desea agotar el periodo de pago adicional hasta el mes de julio lo podrá hacer por los canales habituales que constan en el recibo.

  • Impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica

El plazo de pago de todos los recibos termina el 3 de julio. Esta fecha no se modifica con respecto a los recibos con domiciliación bancaria, pero si para los recibos no domiciliados, ya que hasta ahora en estos caso el plazo de pago acababa el 15 de junio.

  • Tasa de utilización privativa de la vía pública (terrazas)

La nueva fecha para pagar todos los recibos, tanto los domiciliados como los no domiciliados se amplía hasta el mes de octubre. Esta ampliación permitirá gestionar los descuentos que correspondan al período en que el establecimiento no haya podido ejercer su actividad como consecuencia de la aplicación del decreto de alarma.
Para introducir estas modificaciones, se anularán los recibos que aún no hayan sido pagados y se procederá a liquidar de nuevo las cuotas, con el correspondiente descuento por el periodo que no les establecimientos no han podido abrir.
Aquellas personas contribuyentes que ya hayan pagado el recibo de este 2020, podrán solicitar que se les devuelva la parte proporcional al periodo en que han tenido que permanecer cerrados por el estado de alarma. Esta solicitud se hace a través del trámite de internet de devolución a través de las carpetas del ciudadano, empresas y entidades y carpeta del profesional.

  • Preu públic per la recollida de residus comercials i industrials

El preu públic de residus tindrà en compte la reducció que pertoqui en relació al període de duració de l’estat d’alarma. Manté com a data límit de pagament l’1 de desembre per als rebuts no domiciliats i el 23 de desembre per als domiciliats.

  • Plusvàlua

Els terminis per obtenir l’autoliquidació calculada no ha canviat. En canvi, el termini per pagar la plusvàlua s’ha ampliat fins el 3 de juliol. De la mateixa manera, es prorroga fins al 3 de juliol els terminis de pagament de les autoliquidacions amb període voluntari de pagament.

Les liquidacions dels diferents tributs, com per exemple l’IBI, IAE etc., autoliquidacions de l’Impost sobre Construccions, Instal·lacions i Obres (ICIO), provisions de constrenyiment i diligències d’embargament amb data final de pagament posterior al 18 de març, quan van començar els efectes fiscals del decret llei 8/2020 de 17 de març, es podran pagar fins el 3 de juliol.

L’Institut Municipal de Mercats de Barcelona concretarà més endavant de manera detallada com afecten i s’apliquen aquestes mesures a les persones que treballen o tenen negocis als mercats de la ciutat. 

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