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El Gobierno aprueba un nuevo de Decreto ley con nuevas medidas urgentes para hacer frente a la Covid-19

6 de mayo de 2020

  • Se destinarán 59 millones de euros a un Plan de choque para el empleo, destinado a pymes, autónomos, cooperativas, empresas de la economía social y administraciones locales.
  • Se establece una ayuda para compensar las pérdidas económicas de las AMPA y las empresas que prestan servicios de comedor, que se han visto afectadas por el cierre de los centros educativos.

El Gobierno ha dado hoy luz verde a un nuevo Decreto ley de medidas urgentes que afectan a diferentes áreas, desde ayudas de carácter social en materia de enseñanza y mercado laboral a otras iniciativas en materia de movilidad, transparencia y contratación. Estas medidas, muchas de las cuales complementan otras aprobadas por el Ejecutivo durante las últimas semanas, tienen como objetivo paliar los efectos de la pandemia del coronavirus.

Entre las medidas aprobadas hoy destacan, por un lado, un Plan de choque para el empleo: personas, empresas y territorio para hacer frente a las consecuencias laborales y sociales de la crisis sanitaria de la Covidien-19 y el Estado de Alarma. El plan, con una dotación de 59,29 millones de euros, fue aprobado ayer por el Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC). Y, por otro, una ayuda para compensar las asociaciones de padres y madres de alumnos (AMPA) y las empresas que prestan los servicios de comedor de los centros educativos de la Generalitat, que han visto detenida su actividad como consecuencia de la pandemia del coronavirus.

Un Plan de choque para el empleo con seis líneas para dar respuesta al escenario sociolaboral postcovid

De acuerdo con el Decreto ley, el objetivo del Plan de choque para el empleo es apoyar a las personas trabajadoras que se han visto afectadas económicamente y los colectivos en mayor situación de riesgo; a las personas trabajadoras autónomas ya las pequeñas empresas para que retomen la actividad y mantengan la capacidad productiva y los puestos de trabajo, y en las administraciones locales para que planifiquen estratégicamente la reactivación económica a partir del análisis de las necesidades de su territorio y de la concertación social y territorial.

En total, se prevé beneficiar 1.500 empresas y 4.300 personas de manera directa, además de los miles de personas trabajadoras que se beneficiarán de manera indirecta a través del apoyo a las empresas para la creación y mantenimiento de puestos de trabajo. El plan también supone el apoyo a todo el territorio mediante ayuntamientos y consejos comarcales, y líneas de apoyo a cooperativas y entidades de la economía social, el tercer sector, autónomos y microempresas.

Con este plan, el Gobierno activa de manera urgente entre mayo y junio seis líneas de políticas de empleo creadas de manera específica -o reforzadas, como es el caso de las medidas de apoyo a las personas trabajadoras autónomas- para dar respuesta a la escenario sociolaboral postcovid. Son las siguientes:

1. Apoyo a la planificación estratégica territorial para la reactivación socioeconómica.

Estas ayudas directas a ayuntamientos y consejos comarcales quieren contribuir a la recuperación, dinamización y crecimiento de la actividad económica en el territorio de manera estratégica y planificada, así como la creación de puestos de trabajo de calidad.

Están dirigidos a ayuntamientos de más de 50.000 habitantes, por su capacidad económica y organizativa para poder elaborar y ejecutar los planes, así como todos los consejos comarcales para garantizar que esta medida llega a todo el territorio.

Se financia la contratación de personal técnico para un periodo de 12 meses para la coordinación de la elaboración del plan de reactivación socioeconómica y el impulso para su puesta en marcha y seguimiento de su ejecución, en colaboración con los agentes implicados. Y también se financia el servicio de elaboración del plan mediante la contratación de una persona experta (o la dedicación de alguien de la propia entidad asignado a esta tarea) o la contratación de una consultoría arraigada en el territorio.

2. Apoyo a la contratación de personas desempleadas: línea extraordinaria del programa 'Trabajo y formación'.

Línea extraordinaria y urgente del programa "Trabajo y formación" del SOC que tiene como objetivo mejorar la empleabilidad de personas la situación de las que se ha visto agravada por las medidas preventivas y de contención derivadas de la crisis de la Covidien-19 . Incluye una línea dirigida a personas inscritas como demandantes de empleo a partir del 16 de marzo de 2020, y otra dirigida a personas en riesgo de caer en situación de paro de larga duración, no perceptoras de prestación por desempleo o subsidio ni ayudas.

Ambas líneas están destinadas a las entidades locales para que contraten 1.120 personas con contratos de nueve meses a jornada completa y acciones de formación obligatoria dentro de la jornada laboral.

3. Apoyo a las personas trabajadoras autónomas.

Potenciación de dos programas de éxito:

Consolídate

El programa “Consolídate” subvenciona entidades, organizaciones de autónomos, fundaciones y colegios profesionales para que ofrezcan a las personas trabajadoras por cuenta propia asesoramiento para mejorar sus modelos de negocio, fortalecerlos y hacerlos crecer. Las medidas que se contienen en el plan de choque darán más énfasis en el asesoramiento y la adaptación a las sesiones de formación, tanto en método como en contenido. En la actual situación provocada por la Covid-19 y el Estado de Alarma, las personas trabajadoras autónomas necesitan más apoyo, y las entidades adjudicatarias deberán adaptar las sesiones de formación, tanto en método como en contenido. Se prevé el asesoramiento a un millar de personas trabajadoras por cuenta propia.

Garantía juvenil

Programa para fomentar el trabajo autónomo entre las personas jóvenes de entre 18 y 29 años como alternativa laboral. Se ha duplicado el presupuesto destinado y también la previsión de personas destinatarias (2.200), que recibirían una ayuda de hasta 10.000 euros para poder disponer de una renta de subsistencia durante la primera fase de puesta en marcha de su actividad como personas trabajadoras autónomas.

4. Apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo.

Ayudas dirigidas a microempresas o personas trabajadoras autónomas que tengan contratadas hasta diez personas trabajadoras y que hayan mantenido la plantilla, ya sea porque hayan efectuado un expediente de regulación temporal de empleo o hayan reducido la jornada laboral de los contratos de trabajo.

La medida consiste en una ayuda del 50% del salario mínimo interprofesional para un máximo de tres personas trabajadoras y durante seis meses, o la parte proporcional equivalente en el caso de contratos a jornada parcial, siempre que estas microempresas y autónomos mantengan el 100% de la plantilla que tenían en el momento anterior al estado de alarma, y ​​como mínimo, durante los doce meses siguientes al reinicio de la actividad.

5. Apoyo a microempresas, personas trabajadoras autónomas y empresas cooperativas y de la economía social.

Medidas para el impulso de proyectos de transformación digital y de nuevos modelos de negocio y actividad económica con el objetivo de mantener el empleo y mejorar la empleabilidad, así como de afrontar mejor los retos surgidos de la nueva realidad socioeconómica, de manera que se refuerce la viabilidad de las microempresas, las personas trabajadoras autónomas y las empresas cooperativas y de la economía social.

Línea1. Medidas de apoyo a microempresas y personas trabajadoras autónomas que ocupen hasta 10 personas trabajadoras

Se financian proyectos de transformación digital y de nuevos modelos de negocio y deformación asociada, con el objetivo de mantener el empleo y mejorar la empleabilidad de las personas que trabajan en microempresas, así como de autónomos que ocupen hasta diez trabajadores y que se han visto afectados por las medidas preventivas y de contención derivadas de la crisis sanitaria de la Covid-19.

El podrán pedir entidades con sede en Cataluña, con vinculación sectorial y / o territorial, que acrediten que representan las microempresas y los autónomos de los sectores priorizados a partir de convenios de adhesión. Estas entidades se pueden agrupar con entidades de formación.

Línea 2. Medidas de apoyo a Proyectos Singulares de empresas cooperativas y de la economía social

Se consideran proyectos singulares de alto impacto estratégico de la economía social aquellos nuevos proyectos de crecimiento o de intercooperación y / o fusión que demuestren una relevancia estratégica de dimensionamiento y posicionamiento en el mercado de la economía social. La intercooperación debe estar promovida por al menos dos empresas cooperativas que pueden hacer alianzas con otros tipos de personas jurídicas con actividad económica.

6. Apoyo a la financiación

Línea complementaria a las ya existentes, creada en el marco de la crisis de la Covid-19, para ofrecer préstamos a empresas de la economía social, cooperativas y tercer sector para financiar inversiones, necesidades de circulante, anticipos de contratos con el sector público y capitalizaciones de las propias empresas. El ICF estudia la viabilidad del proyecto desde el punto de vista financiero, formaliza y gestiona el préstamo. Las operaciones aprobadas a través de esta línea contarán con la asunción del 80% del riesgo crediticio de la operación por parte del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Además de las medidas de este plan de choque urgente, el Departamento está trabajando en el Consejo de Dirección del SOC otras convocatorias propias del servicio de empleo y también agilizando líneas de apoyo sociolaboral a colectivos específicos, como personas con discapacidades y personas en situación de riesgo de exclusión social, que se abrirán próximamente.

Una prestación económica para compensar las AMPA por el servicio de comedor escolar

En el ámbito educativo, el Decreto ley establece una ayuda para compensar las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPA) que presten directamente los servicios de comedor de los centros educativos de titularidad de la Generalitat. Con esta ayuda, en forma de prestación económica única, se quiere paliar el perjuicio económico como consecuencia del cierre de los centros educativos a partir del 13 de marzo por la Covid-19.

En caso de que las AMPA presten indirectamente el servicio de comedor escolar a través de una empresa o entidad, será la empresa o entidad prestadora del servicio quien podrá solicitar las ayudas. De este modo, Educación complementa la medida anunciada el pasado 26 de marzo de indemnización a las empresas contratadas por el Departamento, ayuntamientos o consejos comarcales por las pérdidas causadas por el cese de la actividad.

Facilitar y garantizar la movilidad de los trabajadores de las campañas agrarias

En cuanto a la movilidad, el texto aprobado hoy incluye una serie de medidas para facilitar los desplazamientos y el traslado de los trabajadores que participan en las tareas de recogida de producto de las diferentes campañas agrarias y garantizar la seguridad y la salud, en el contexto de la pandemia generada por la Covid-19. En este sentido, se pide al Departamento de Territorio y Sostenibilidad que adecue el transporte público por carretera a las necesidades de estos trabajadores, respetando las condiciones establecidas en cada fase de la actual situación de emergencia sanitaria respecto a la ocupación máxima de la capacidad del vehículo y sobre la distancia de separación entre los viajeros. De este modo, el Gobierno también apoya la campaña agraria, esencial para nutrir la cadena alimentaria de productos básicos en la situación actual.

Finalmente, y con el fin de dotar de la máxima transparencia y control los gastos contratadas por emergencia relacionadas con la crisis sanitaria y económica producida por la pandemia del coronavirus, el Decreto establece la obligación de comunicar estos gastos a la Intervención General y publicarlas en la página web del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.

Este Decreto ley se estructura en ocho capítulos, treinta y ocho artículos, dos disposiciones adicionales y dos disposiciones finales y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

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