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Se prorrogan las medidas restrictivas para el comercio minorista y centros comerciales

21 de enero de 2021

Este 16 de enero, la Generalitat de Cataluña ha publicado en el DOGC la resolución SLT / 67/2021, que prorroga durante una semana todas las restricciones vigentes desde el 7 de enero. Así, durante al menos siete días más, las tiendas que tengan más de 400 metros cuadrados y los centros comerciales deben seguir con la persiana bajada. Además, la resolución también ha prorrogado el cierre de todos los comercios no esenciales durante el fin de semana. Te recordamos qué medidas entraron en vigor el día 7 de enero:

El comercio minorista, cerrado los fines de semana

En primer lugar, la nueva resolución, y que ahora ha quedado prorrogada con esta otra, suspende la apertura al público de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle los sábados y domingos, excepto los establecimientos comerciales dedicados a la venta de productos esenciales, de productos higiénicos, los centros de veterinaria, las peluquerías, los centros de estética, los concesionarios de automóviles y los centros de jardinería, que pueden permanecer abiertos sea cual sea su superficie, y con las medidas establecidas de higiene y de seguridad establecidas en el plan sectorial de comercio aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

La apertura al público de los establecimientos y locales comerciales de venta al detalle de lunes a viernes que no son servicio esencial ni ninguna de las excepciones mencionadas anteriormente, queda condicionada a que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados; que se reduzca al 30% del aforo permitido por licencia o autorización de la actividad y que los establecimientos apliquen de manera rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad establecidas para hacer frente a la Covid-19 en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

Los centros comerciales, cerrados

En cuanto a los centros comerciales, galerías comerciales y recintos comerciales, la resolución prorrogada les obliga a suspender la actividad. Sin embargo, los comercios esenciales y demás excepciones citadas anteriormente, sí pueden permanecer abierto. También pueden abrir al público, excepto sábados y domingos, aquellos establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de los centros, galerías o recintos comerciales, que tengan una superficie de venta igual o inferior a 400 metros cuadrados y dispongan de acceso directo e independiente desde de la vía pública, con un aforo máximo del 30% y aplicando de forma rigurosa las medidas higiénicas, de prevención y de seguridad establecidas para hacer frente a la Covid-19 en el Plan sectorial de comercio, aprobado por los órganos de Gobierno del Plan de actuación del PROCICAT.

Asimismo, la resolución detalla que pueden abrir al público los equipamientos culturales y los equipamientos deportivos ubicados dentro de centros, galerías o recintos comerciales, con sujeción a las condiciones dictadas por este sector.

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