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Convocada la línea de ayuda a la programación de música en vivo de carácter profesional para actividades realizadas el año 2021

27 de agosto de 2021

  • Se puede solicitar entre el 26 de agosto y el 14 de septiembre de 2021, ambos incluidos.
  • Con esta convocatoria, el ICEC da apoyo a los proyectos de música en vivo realizados durante el año en curso.

Con el objetivo de dar apoyo a los festivales, ciclos y temporadas musicales y la programación estable de las salas de conciertos de Cataluña, el Departamento de Cultura publica una nueva línea de ayuda, de concurrencia competitiva, a la programación realizada de música en vivo de carácter profesional a que se pueden acoger todos los proyectos desarrollados a partir del 1 de junio de 2020 y que hayan finalizado entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021. Con esta línea, el Instituto Catalán de las empresas culturales, ICEC, atiende una demanda de los sectores culturales de hacer que las subvenciones se otorguen a la programación de música en vivo del año corriente -hasta ahora, la línea subvencionaba los festivales y conciertos celebrados durante el año anterior a la convocatoria de la línea.

En esta nueva convocatoria de la línea, dotada con 800.000 euros, la subvención cubre la contratación artística de los conciertos que forman parte de las programaciones realizadas en el período establecido en las bases de la convocatoria en las siguientes modalidades:

  • Festivales organizados por ayuntamientos y entes dependientes;
  • Programación de música en vivo (festivales, ciclos, temporadas y programación estable) realizada por empresas o entidades privadas;
  • Programación estable de salas de conciertos (organizada por la empresa o entidad gestora de la sala).

Las empresas y entidades interesadas en presentar una solicitud para esta línea de subvención pueden hacerlo entre el 26 de agosto y el 14 de septiembre de 2021.

La actividad objeto de la subvención debe incluir un mínimo de cuatro conciertos en Cataluña -en el caso de los festivales y muestras organizados por ayuntamientos y de programación realizada por empresas o entidades privadas- y un mínimo de 20 conciertos con entrada de pago si el solicitante es una empresa o entidad que gestione una sala de conciertos. Además, en todos los casos las entidades o empresas que sol·licitn o empresas deben cumplir el Código de buenas prácticas en el ámbito de la creación y de la interpretación musicales.

Se consideran gastos subvencionables únicamente los cachés de los intérpretes con un máximo de 30.000,00 euros por concierto, y el importe y la subvención no puede superar en ningún caso el 80% de los gastos subvencionables, con un máximo otorgable de 45.000 euros. Además, inadmitirán las solicitudes importe inferior a 3.000 € y se denegarán aquellas que, una vez valoradas, sólo puedan obtener un importe inferior a 3.000 € de subvención.

Puede darse de alta a los avisos de subvenciones en este enlace y consultar la previsión de calendario de las líneas de ayuda y financiación del ICEC.

Para más información:

  • Mònica Garcia Mariñoso                                                   

Institut Català de les Empreses Culturals                                 
93 554 78 62 | mogarciam@gencat.cat 

  • Laura Rafegas Rosell

Institut Català de les Empreses Culturals
93 552 91 53 | lrafegas@gencat.cat

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